Modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.
Se modifica la Orden ICT/736/2023, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.Artículo único. Modificación de la Orden ICT/736/2023, de 5 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023; modificada por Orden ICT/791/2023, de 13 de julio, por la que se modifica y se corrigen errores en la Orden ICT/736/2023, de 5 de julio.
La Orden ICT/736/2023, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023, modificada por Orden ICT/791/2023, de 13 de julio, queda modificada como sigue:
Uno. El párrafo diez del apartado II del Preámbulo queda modificado
Dos. El artículo 3 queda modificado
Tres. Los apartados 4 y 5 del artículo 6 quedan modificados
Cuatro. La letra d) del apartado 1 del artículo 9 queda modificado
Cinco. El apartado 10 del artículo 12 queda modificado
Seis. Se modifica el artículo 15, queda modificado
Siete. El apartado 1 del artículo 16 queda modificado
Ocho. El apartado 5 del artículo 18 queda modificado
Nueve. Se modifica el título del artículo 20 queda modificado
Diez. Se añade un Artículo 20 bis. Órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento de concesión y órgano responsable del seguimiento en las convocatorias encuadradas en las inversiones 6 y 7 del Componente 12.
Once. El apartado 2 del artículo 21 queda modificado
Doce. El apartado 1 del artículo 25 queda modificado:
Trece. Se modifica el título del artículo 27, que queda redactado como sigue: «Artículo 27. Comisión de verificación de las convocatorias encuadradas en la inversión 2 del Componente 12.»
Catorce. Se añade un Artículo 27 bis. Comité de Evaluación de las convocatorias encuadradas en las inversiones 6 y 7 del Componente 12.
Quince. El apartado 1 del artículo 29 queda modificado
Dieciséis. La letra a) del apartado 4 del artículo 30 queda modificado
Diecisiete. Los apartados 3 y 4 del artículo 32 queda modificado
Dieciocho. El apartado 4 del artículo 33 queda modificado
Diecinueve. La nota al pie 2 del primer párrafo del anexo IX queda modificado
Veinte. El apartado 2 del Paso 1 del anexo IX queda modificado
